Viceministerio de Recursos Tecnología y Regulación

1. Evaluar las políticas y lineamientos estratégicos que permitan medir el impacto de la ejecución de planes, programas y proyectos en materia de suministro y producción de insumos, tecnología y regulación en salud, que orienten su fortalecimiento y optimización.
2. Establecer y proponer políticas y revisar las normas de control sanitario que implementa el ente, adscrito a este Ministerio, con competencia en la materia, además de evaluar su ejecución.
3. Diseñar políticas y coordinar acciones interinstitucionales para lograr la integración de iniciativas, destinadas a estimular el desarrollo de la industria nacional de insumos, a través de la creación de empresas, acuerdos binacionales y demás convenios que apliquen a la materia, en coordinación con el órgano rector en la materia de relaciones exteriores.
4. Gestionar ante los órganos y entes competentes, los recursos necesarios para el financiamiento de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico en el área de salud.
5. Dictar y proponer las políticas y lineamientos en materia de producción y suministro de insumos las cuales regirán para el sector salud.
6. Conducir la gestión del proceso requerido para garantizar la obtención y calidad de datos e información correspondiente al Despacho, a los efectos de disponer de manera oportuna y útil, de los instrumentos de vigilancia y análisis económicos para la atención en salud.
7. Diseñar en coordinación con el órgano con competencia en materia de producción y comercialización, normas de seguridad en plantas y laboratorios de producción de insumos para la salud, a fin de que sean eficaces, seguros y accesibles para la población.
8. Ejercer la rectoría en el ámbito del desarrollo tecnológico en salud, para la evaluación, pertinencia, eficacia y seguridad de técnicas, procedimientos, productos y equipos a utilizar en los centros de salud, que respondan a las prioridades nacionales, criterios éticos, económicos, de calidad y uso óptimo de recursos, en articulación con el órgano competente en materia tecnológica, de requerirse.
9. Establecer políticas y normas destinadas a regular el desarrollo de productos y uso de insumos en materia de salud, en cumplimiento con los estándares legales de producción, para el uso y consumo humano.
10 Las demás funciones que le señalen las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones y demás actos normativos en materia de su competencia; así como aquellas que le instruya o delegue el Ministro o la Ministra.

DIRECCIONES ADSCRITAS A ESTE DEPACHO:

Dirección General de Producción de Insumos

Dirección General de Procura, Almacenamiento y Distribución de Insumos

Dirección General de Tecnologías y Regulación en Salud

Dirección General de Gestión Económica en Salud